Colegio Médico desestimó denuncia contra forense por el caso de niño Luciano

Los padres del niño denunciaron ante el Tribunal de Ética al forense contratado por los dueños del salón de fiestas, al entender que cometió dolo para beneficiar a sus clientes.

ACTUALIDAD 08 de julio de 2020 Victor Camargo Victor Camargo
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El caso de Luciano, el niño que fuera encontrado muerto en el castillo inflable de un cumpleaños a fines del 2016, impactó fuertemente en la sociedad y derivó en los procesamientos sin prisión del dueño del local donde se realizó el cumpleaños, su hermano y una animadora.

El caso también reveló contradicciones en los informes forenses que intentaban determinar las causas de la muerte del niño.

Los dueños del local de fiestas presentaron un informe forense a cargo del doctor Guido Berro (grado 5) que asegura que su muerte no fue por asfixia y que la hipótesis más probable del fallecimiento de Luciano es la muerte inesperada en epilepsia, favorecida por la medicación elevada.

La familia de Luciano solicitó otro informe al médico grado 5 Hugo Rodríguez Almada (director del Departamento de Medicina Legal y Ciencias Forenses), que concluyó que se trató de una muerte por asfixia.

Establecer la causa de muerte era importante para determinar responsabilidades por el fallecimiento de Luciano, ya que las teorías de organizadores del evento y de la familia del niño, al respecto de la muerte, son muy diferentes. De tratarse de una muerte por asfixia mecánica

A raíz de estos reportes contradictorios, el juez Hugo Rundie ordenó en su momento un nuevo informe del Instituto Técnico Forense (ITF) para llegar a una conclusión sobre las causas de la muerte.

Esta nueva pericia también concluyó que la muerte se produjo por asfixia y no por una epilepsia favorecida por la medicación.

La familia del niño, en una nota publicada en 2019 por Montevideo Portal, destacó a través de sus defensores que había elementos que el informe de Berro no tuvo en cuenta y se preguntó por qué se omitieron esos datos.

A raíz de ello, en agosto de 2018 los padres del niño presentaron una denuncia contra el forense Guido Berro en el Tribunal de Ética del Colegio Médico.

Argumentaron que "la base fáctica en la que se vale el Dr. Guido Berro (en su informe) no surge del expediente, hecho que agrava su responsabilidad profesional".

Señalaron que en su informe, Berro argumenta que no se describe en el examen de asistencia del SUAT signos de asfixia, pero sin embargo la doctora del SUAT que atendió al niño sí declaró que "se encontraba cianótico, en hipoxia, livideces en los miembros superiores, sin pulso, sin reacción sin frecuencia cardíaca --- el niño estaba en asistolia".

También un integrante de la Policía Científica advirtió y notificó que tenía el rostro cianótico y hongo espuma, signos concordantes con un cuadro de asfixia, señalaron los denunciantes.

Según dijeron los padres, Berro arribó a sus conclusiones sin haber examinado el cuerpo de su hijo, y sin haber accedido al expediente, que no estaba disponible cuando hizo el informe. Lo acusan por hacer "afirmaciones tendenciosas, sesgadas de la voluntad de una de las partes".

En la denuncia, aseguran que en el informe realizado no sólo existió error, sino que "hubo dolo con el único propósito de beneficiar a su cliente, apartándose, en consecuencia, de lo establecido por el Código de Ética Médica".

La respuesta

Al comparecer ante el Tribunal, el doctor Berro explicó que procedió a realizar el informe sobre la muerte luego de que lo contactara el Dr. Alejandro Balbi (abogado defensor en el proceso penal). No tuvo contacto con los clientes sino hasta que había entregado el informe, ya que hacerlo antes y acordar honorarios "denotaría una pérdida de objetividad".

El abogado le proporcionó un cúmulo de documentos que incluían lo solicitado y más, aunque el mismo doctor comentó que connotados magistrados eran de la idea de no darle todas las actuaciones, especialmente las no científicas o testimoniales "para no cargarlo subjetivamente". Juzgó más que suficientes el cúmulo de fotocopias de documentos, videos y actas con testimonios aportados.

Aclaró que nunca dijo que no existiera asfixia, sí que descartaba la asfixia mecánica, ya que no encontró elementos para sostenerla. "Ningún niño sano se asfixió por impedimento físico o mecánico o traumático en inflables, por tanto resulta prudente analizar otras posibles causas de fallecimiento", explicó, y agregó que sí recibió los testimonios de la doctora y el oficial de policía pero que la cianosis "no es para nada exclusivamente un signo de asfixia". Además, que el hongo espuma "nunca está y no puede estarlo en una muerte inmediata", agregando que el policía observó espuma en una narina. Lo mismo dijo respecto a las "livideces de miembros" notadas por a doctora.

 
Por lo tanto, concluyó que había signos compatibles con la epilepsia y no con la asfixia mecánica, además de señalar que el informe forense solicitado por la Justicia tampoco confirma la asfixia mecánica.

Confirmó que no examinó el cuerpo pero no lo consideró necesario a los efectos de lo que debía analizar, y que tampoco lo hizo el otro perito forense de parte.

Reafirmó que a su juicio la muerte no fue por asfixia mecánica sino dormido e inconsciente, por epilepsia y favorecida por efectos indeseados del psicofármaco, con algunos signos asfícticos compatibles con esta causa no mecánica.

La resolución

El Tribunal de Ética analizó toda la prueba documental, además de varios testimonios y la posibilidad de presentar pruebas adicionales (como hicieron los padres de Luciano, al llevar a declarar al neuropediatra que atendía a su hijo).

Lo primero que se planteó el Tribunal fue dilucidar si el Dr. Guido Berro realizó un informe sobre el caso, no fundado en su convicción científica, sino en la conveniencia de una de las partes.

"Evidentemente, el cúmulo de elementos en que se fundaron los denunciantes para sostener la veracidad de su denuncia, responde a la inexistencia de pruebas directas sobre el
hecho imputado. Concretamente, no fue propuesto un sólo medio de prueba directa sobre la
conducta dolosa imputada al Dr. Berro", señaló el Tribunal, que agregó que si bien lo anterior no imposibilita necesariamente la demostración de la veracidad del hecho imputado, evidentemente la torna más dificultosa".

Sin embargo, sí consideró que "un profesional de la experiencia y nivel de especialización como la del Dr. Berro no debió omitir de su análisis" información relevante del Manual de Patología Forense, tomando solo una parte que respaldaba su propia argumentación sobre la causa de muerte.

El perito auxuliar entrevistado por el Tribunal concluyó que "el caso es opinable y genera dudas e interrogantes no totalmente aclaradas".

"En suma, luego de una consideración pormenorizada de las conclusiones de los peritos intervinientes en autos, queda de manifiesto que se trata de un tema opinable, en el cual los
elementos analizados pueden sustentar una u otra hipótesis. Sin perjuicio de que, a la luz de un estudio cauteloso de los diversos antecedentes y hallazgos descritos en autos, pueda resultar más verosímil una hipótesis que la otra desde el punto de vista científico", concluyó el Tribunal de Ética.

Hay que acotar que el perito citado consideró que el informe forense presentado por la familia se acercaba más a la realidad de lo ocurrido que el de Berro, "la alternativa de una muerte súbita e inesperada en epilepsia tiene su justificación si se descarta plenamente la asfixia" y "de ninguna forma se puede inferir un apartamiento de las normas éticas en la actuación de
ambos colegas".

En conclusión, "no obraron pruebas directas de un eventual informe direccionado" y queda de manifiesto "que se trata de un tema complejo y opinable"-

Por lo tanto, "no puede de ninguna manera concluirse, a falta de pruebas directas, que el informe del Dr. Berro fue extendido por complacencia".

El Tribunal, en su fallo, desestimó entonces la denuncia formulada. Los padres del niño, sin embargo, presentaron un recurso de revocación ante el Tribunal de Alzada, elevándose el tema a la presidencia del Consejo Nacional del Colegio Médico.

El Tribunal de Alzada evaluó nuevamente el caso, dando la oportunidad a Berro nuevamente de hacer sus descargos, y respaldó la conclusión del Tribunal de Ética, no dando lugar al recurso de revocación.

Fuente : Montevideo Portal 

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