España: multas de hasta 600.000 euros por incumplir medidas sanitarias contra COVID-19

La autonomía de Extremadura dispuso duras sanciones. La falta más “barata” es no llevar mascarilla, y se castiga con 100 euros.

Internacionales 22 de julio de 2020 Jose I. Flores Ribeiro Jose I. Flores Ribeiro

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó este miércoles un decreto-ley que establece un régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas adoptadas para hacer frente al coronavirus. La sanción por no utilizar mascarilla o usarla de forma inadecuada será de 100 euros, aunque se establecen multas que pueden llegar hasta los 600.000 euros, en el caso de que la infracción cometida sea considerada como muy grave.

El consejero de Sanidad y Servicios Sociales de esa región española, José María Vergeles, dio a conocer esta mañana este acuerdo del Consejo de Gobierno, acompañado en rueda de prensa por la consejera de Hacienda y Administración Pública, Pilar Blanco-Morales.

Según informa el medio local El periódico Extremadura, Vergeles señaló que este decreto-ley supone una modificación parcial de la Ley de Salud Pública regional, que se publicó en 2011. La nueva norma deberá ser convalidada por la Asamblea regional, previsiblemente en el transcurso de la próxima sesión plenaria.

La normativa será aplicable en todo el territorio extremeño. Los profesionales sanitarios y de la salud pública serán considerados como agentes de la autoridad, por lo que sus testimonios tendrán "carta de veracidad" y podrán requerir la colaboración de los ciudadanos. El jerarca explicó que el procedimiento será similar al de las multas de tráfico. Los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, así como los de las policías locales, son los que inician el expediente sancionador y a partir de ahí arranca el proceso hasta que se establece la resolución de la infracción que se haya cometido. Si la multa se paga dentro de los primeros 15 días, se obtiene una rebaja del 40%.

 
Las infracciones se clasifican en leves, con multas de hasta 3.000 euros; graves, de 3.001 a 60.000 euros, y muy graves, desde 60.001 hasta 600.000 euros. La graduación de las infracciones vendrá determinada por la incidencia que tengan estas sobre la salud pública. Vergeles puso como ejemplo que el mal uso de la mascarilla, si se mantiene la distancia social, puede considerarse como falta leve. No obstante, si una persona no se pone la mascarilla y está en un lugar de ocio nocturno, donde el riesgo de contagio es mayor, la infracción puede ser más grave.

En este sentido, el funcionario puntualizó que se podrán acordar sanciones accesorias, como el cierre de un determinado local por un plazo máximo de cinco años, por un incumplimiento claro de las medidas sanitarias que supusieran un riesgo "muy importante" para la salud pública. Asimismo, los agentes podrían determinar el cierre cautelar de un establecimiento, aunque posteriormente tuviera que ser validado por la autoridad sanitaria de la región

Fuente: Montevideo Portal.

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