Condenan a empresario por muerte de trabajador en supermercado; familia sigue disconforme

El episodio ocurrió en julio de 2018. El hombre cayó del techo de un local de Disco sin contar con los implementos de seguridad necesarios. El dueño de Sipra fue condenado a 12 meses de libertad vigilada.

ACTUALIDAD 15 de marzo de 2021 Victor Camargo Victor Camargo
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El pasado 26 de febrero el juez penal Huberto Álvarez condenó al dueño de la empresa Sipra S.A. a 12 meses de prisión que cumplirá en modalidad de libertad vigilada por un delito de responsabilidad penal empresarial.

El hombre, de apellido Batista, llegó a un acuerdo con la Fiscalía donde asumió la culpabilidad por la muerte de Gonzalo Manuel González Coppetti, de 32 años, que falleciera el 20 de julio de 2018 luego de caer del techo del supermercado Disco ubicado en Av. 8 de Octubre y Garibaldi.

Los abogados de la familia de la víctima se mostraron disconformes con esta pena y remarcaron que aún no se ha logrado ninguna compensación económica para la familia de González, su esposa e hija de dos años.

Los hechos

González era estudiante de arquitectura y figuraba como administrativo en la empresa Sipra. Como trabajaba hace muchos años para la empresa y tenía conocimientos en el área, además de las tareas administrativas realizaba visitas para revisar los techos y realizar informes sobre filtraciones y humedades.

"Era normal que estuviera dentro de las obras. Ese día (20 de julio del 2018) el señor Batista le mandó un mensaje en el que le pedía que vaya a ver 'dónde se llovía' en el Disco. Gonzalo fue y le permitieron el ingreso al techo, le dieron la llave, le dijeron 'por acá subís'. Subió y se cayó", relatan las abogadas Carolina Rodríguez y Beatriz Beron, quienes junto a Nicolás Barquet realizan la defensa de la esposa de la víctima.

Según explican, el hombre no contaba con los implementos de seguridad necesarios. Para subir al techo debe haber un técnico prevencionista, además debía haber contado con cinto de seguridad, casco y zapatos de seguridad: "No tenía nada de eso".


Según relatan, Gonzalo falleció en camino al hospital. En el supermercado, mientras tanto, "limpiaron el lugar del hecho, la sangre y pusieron carritos donde estaba el agujero del techo y otros carritos cerrando el lugar donde se había caído". Nunca se cerró el supermercado, y cuando llegó la Policía Científica ya se había limpiado toda la escena.

En el momento de la muerte de Gonzalo, su esposa Lucía estaba embarazada de tres meses. "Ni de Disco ni de Sipra llamaron en ningún momento para ver si Paz (hija) había nacido. Se murió por comprobada responsabilidad penal empresarial y no fuiste capaz de preguntar si nació, si tienen para darle de comer y en qué situación viven. Hablamos de la parte humana", lamentaron las abogadas.

La familia realizó una denuncia penal contra Batista, que fue formalizado en mayo de 2020 y condenado en febrero de 2021 a través de un proceso abreviado a 12 meses de libertad vigilada.

"Estamos hablando de un muchacho de 32 años, con toda la vida por delante y tenemos 12 meses de libertad vigilada", lamentaron las abogadas.

La pena máxima por el delito de responsabilidad penal empresarial es de 24 meses de prisión, por lo que es excarcelable. Consultadas sobre este punto por Montevideo Portal, las abogadas respondieron: "Puede ser excarcelable sí, pero si en vez de poner 12 (meses) ponemos un poco más.... Nos chocó que como víctima ni siquiera fue consultada, porque también existe la posibilidad de hacer acuerdos reparatorios".


Las abogadas explicaron que hasta el momento la familia no ha recibido ninguna compensación económica. Ante esta condena los abogadas presentaron recursos de apelación y de inconstitucionalidad.

El nuevo Código de Proceso Penal habilita este tipo de acuerdos. La víctima es escuchada pero su voz "no tiene peso".

Por otra parte, en la vía civil, se citó a Disco y a Sipra para una conciliación para buscar una reparación económica. "Ahora se va a empezar el proceso correspondiente", indicaron las abogadas y señalaron que aún no hay fecha para que finalice este litigio ni se han registrado acercamientos de las partes.

Con respecto a la actuación del fiscal de Homicidios, Juan Gómez, las abogadas declararon lo siguiente: "Se le explicó que queríamos ser parte del acuerdo, de la negociación y no se nos tuvo en cuenta. Hablamos muchas veces, pedimos reuniones, que nos concedió pero al final acordaron con la otra parte sin ver si se podía hacer otro tipo de acuerdo".

"Realmente este caso no se llevó con humanidad por parte de las empresas, que es lo que esperabamos", sentenciaron.

La postura del fiscal Gómez

Montevideo Portal consultó al fiscal Gómez sobre la condena obtenida. En primer lugar, se le consultó sobre la molestia de los abogados de la familia por no participar de la negociación.

"No fue así. El fiscal es el titular de la investigación y de la persecución penal. por regla tengo que avisar a las víctimas de lo se está haciendo y de lo que se va a hacer. Pero no tengo otra limitante que esa. Tuve la precaución de avisarles el día que iba a ser la audiencia y ya se había hablado con ellas informalmente que el proceso abreviado era una de las salidas. No sé cual es el motivo de la queja", comenzó.


Con respecto a la pena, Gómez explicó que este delito es uno de los "típicos" que admiten "otra salida" que no es la prisión y detalló cómo se llegó a los 12 meses de libertad vigilada.

Según Gómez, al ser primario el punto de partida se reduce de 24 meses a 18 meses de máxima. Sumado a eso, lo habitual y recomendado es quitar un tercio de la pena, por lo que se llegó a los 12 meses.

"No sólo es legítimo que el fiscal lo haga, es una respuesta adecuada. Tomamos la precaución de solicitar todos los informes al MTSS, a la Policía Científica, Bomberos, más no teníamos", señaló.

"Esta Fiscalía, con todos los informes, podríamos haber dicho que no nos compete, porque es delito de responsabilidad penal empresarial y sacarnos la responsabilidad. Pero por respeto a las víctimas nos pronunciamos y logramos una sentencia de condena, que, en cuanto a la pena, no admite ninguna discusión", sentenció.

Por último, Gómez destacó que la unidad que preside tuvo “sensibilidad” en cada paso y que incluso se comunicó y mantuvo al tanto sobre el proceso judicial al abogado de los padres de González, pese a que estos no eran las víctimas en el proceso penal. 

Fuente : Montevideo Portal 

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